18/10/07

Decidirá próximamente sobre si estima su posible suspensión cautelar o no
El Tribunal Supremo admite a trámite varios recursos contra el Real Decreto de tiempos de trabajo

* Han sido, de momento, admitidos a trámite con fecha 4 de octubre los recursos de la patronal catalana Cetcat, y el presentado conjuntamente por Astic, Anetra, FVET, Lógica y Aecaf

* Las patronales se muestran muy pesimistas respecto a la posible adopción de medidas cautelares frente a la norma

Varios recursos presentados ante el Tribunal Supremo para la impugnación del Real Decreto 902/2007 de tiempos de trabajo para el transporte por carretera han sido admitidos a trámite por el Tribunal Supremo. Se trata del recurso presentado por la Confederación de Empresarial de Transportes por Carretera de Catalunya, Cetcat., y de l recursos presentado conjuntamente por Astic, Anetra, FVET, Lógica y Aecaf. Desde la patronal catalana se llevó a cabo el mes pasado de agosto un proceso de recogida de firmas entre el sector empresarial catalán, al que se sumaron otras asociaciones empresariales de carácter regional, para acompañarlo al recurso presentado ante el órgano judicial.

Argumentos presentados
Solicitaba la Confederación la adopción de medidas cautelares tendentes a la suspensión de determinados apartados del Real Decreto, al considerar que se identifica el tiempo de disponibilidad de la directiva europea con el tiempo de presencia que se regulaba en el RD anterior 1561/1995, refiriéndose además a su limitación a 20 horas semanales. "Se trata de una transposición errónea que además no se contempla en ninguna otra transposición de la directiva en otros países de la UE", señalaba la patronal catalana en su recurso, al que tuvo acceso transcamion.es.

Por su parte, el recurso presentado por Astic, Anetra, FVET, Lógica y Aecaf, estaba motivado por similares argumetos.

18 de octubre, fecha prevista para conicer la decisión del Supremo
La fecha prevista, en principio, tal y como informó este medio, para la presentación ante el Tribunal Supremo d de los recursos contra la normativa de tiempos de trabajo, es decir hoy mismo. De esta forma, próximamente se conocerá la valoración por parte del abogado del Estado para decidir si los argumentos presentados por la patronal motivan o no la suspensión cautelar de la norma.

Argumentos contra la norma de las patronales
Tiempo de trabajo efectivo
Bajo el primer concepto, se incluyen los períodos durante los cuales el trabajador no puede disponer libremente de su tiempo y tiene que permanecer en el lugar de trabajo o en el vehículo realizando las tareas propias de transporte, junto con los períodos de espera en carga y descarga cuando no se conzca de antemano la duración previsible.
Llevado a la práctica:
- Conducción propiamente dicha
- Limpieza y mantenimiento del vehículo
- Tiempo a disposición, menos paradas y pausas.
- Controles y trámites administrativos.
- Inspecciones o presencia durante carga y descarga

Tiempo de presencia
Bajo el segundo concepto se incluyen los períodos distintos de las pausas y los descansos, en los que se tiene que estar disponible para responder a las instrucciones que se le ordene emprender o reanudar conducción o realizar otros trabajos.
Llevado a la práctica:
- Acompañamiento a un vehículo en transbordador o tren.
- Los períodos causados en las prohibiciones de circular aún cuando se sepa su duración.
- Las 2 primeras horas de espera en la carga y descarga.
- La tercera hora y siguientes tambi´ñen si se ha conocido de antemano su duración previsible.
- Conducción en equipo, debe permanecer el conductor que no conduce sentado o acostado en una litera durante la circulación.
Más tiempo de descanso, plazos de entrega superiores
Esta diferenciación entre ambos conceptos y la consideración de los períodos en uno y otro caso ha sido duramente criticado por los empresarios como elementos que van a hacer realmente complicada la operativa del transporte por carretera, poder prestar el mismo servicio al cliente y con los plazos de entrega de siempre, y lo que es más grave el fuerte incremento de costes que tendrá que asumir la empresa para cubrir los viajes a realizar, dado que estos se van a alargar en consideración, debido a los mayores tiempos de descanso contemplados en el Reglamento 561, que se unen a los cambios introducidos en los tiempos de trabajo.

Short Sea Shipping
Una de las cuestiones de mayor preocupación, que ha sido criticada con vehemencia desde la Asociación de Promoción del Short Sea Shipping, ha sido la situación en que quedan los tráficos marítimos de corta distancia empleados por las empresas de transporte por carretera españolas para llegar a determinados países de Europa, en la línea además promovida por el Ministerio de Fomento de utilizar cada vez más estos modos de transporte en los que parece se está invirtiendo esfuerzo desde el Gobierno para su promoción, junto con los tráficos ferroviarios.






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