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18/10/07
Decidirá
próximamente sobre si estima su posible suspensión
cautelar o no
El
Tribunal Supremo admite a trámite varios recursos contra
el Real Decreto de tiempos de trabajo
*
Han
sido, de momento, admitidos a trámite con fecha 4 de octubre
los recursos de la patronal catalana Cetcat, y el presentado conjuntamente
por Astic, Anetra, FVET, Lógica y Aecaf
* Las patronales se muestran muy pesimistas respecto a la posible
adopción de medidas cautelares frente a la norma
| Varios
recursos presentados ante el Tribunal Supremo para la impugnación
del Real Decreto 902/2007 de tiempos de trabajo para el transporte
por carretera han sido admitidos a trámite por el Tribunal
Supremo. Se trata del recurso presentado por la Confederación
de Empresarial de Transportes por Carretera de Catalunya, Cetcat.,
y de l recursos presentado conjuntamente por Astic,
Anetra, FVET, Lógica y Aecaf.
Desde la patronal catalana se llevó a cabo el mes pasado
de agosto un proceso de recogida de firmas entre el sector empresarial
catalán, al que se sumaron otras asociaciones empresariales
de carácter regional, para acompañarlo al recurso
presentado ante el órgano judicial. |
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Argumentos
presentados
Solicitaba la Confederación la adopción de medidas
cautelares tendentes a la suspensión de determinados apartados
del Real Decreto, al considerar que se identifica el tiempo de disponibilidad
de la directiva europea con el tiempo de presencia que se regulaba
en el RD anterior 1561/1995, refiriéndose además a
su limitación a 20 horas semanales. "Se trata de una
transposición errónea que además no se contempla
en ninguna otra transposición de la directiva en otros países
de la UE", señalaba la patronal catalana en su recurso,
al que tuvo acceso transcamion.es.
Por su parte, el recurso presentado por Astic, Anetra, FVET, Lógica
y Aecaf, estaba motivado por similares argumetos.
18 de octubre, fecha prevista
para conicer la decisión del Supremo
La fecha prevista, en principio, tal y como informó este
medio, para la presentación ante el Tribunal Supremo d de
los recursos contra la normativa de tiempos de trabajo, es decir
hoy mismo. De esta forma, próximamente se conocerá
la valoración por parte del abogado del Estado para decidir
si los argumentos presentados por la patronal motivan o no la suspensión
cautelar de la norma.
Argumentos
contra la norma de las patronales
Tiempo
de trabajo efectivo
Bajo el primer concepto, se incluyen los períodos durante
los cuales el trabajador no puede disponer libremente de su
tiempo y tiene que permanecer en el lugar de trabajo o en el
vehículo realizando las tareas propias de transporte,
junto con los períodos de espera en carga y descarga
cuando no se conzca de antemano la duración previsible.
Llevado a la práctica:
- Conducción propiamente dicha
- Limpieza y mantenimiento del vehículo
- Tiempo a disposición, menos paradas y pausas.
- Controles y trámites administrativos.
- Inspecciones o presencia durante carga y descarga
Tiempo de presencia
Bajo el segundo concepto se incluyen los períodos distintos
de las pausas y los descansos, en los que se tiene que estar
disponible para responder a las instrucciones que se le ordene
emprender o reanudar conducción o realizar otros trabajos.
Llevado a la práctica:
- Acompañamiento a un vehículo en transbordador
o tren.
- Los períodos causados en las prohibiciones de circular
aún cuando se sepa su duración.
- Las 2 primeras horas de espera en la carga y descarga.
- La tercera hora y siguientes tambi´ñen si se
ha conocido de antemano su duración previsible.
- Conducción en equipo, debe permanecer el conductor
que no conduce sentado o acostado en una litera durante la circulación.
Más tiempo de descanso, plazos de entrega superiores
Esta diferenciación entre ambos conceptos y la consideración
de los períodos en uno y otro caso ha sido duramente
criticado por los empresarios como elementos que van a hacer
realmente complicada la operativa del transporte por carretera,
poder prestar el mismo servicio al cliente y con los plazos
de entrega de siempre, y lo que es más grave el fuerte
incremento de costes que tendrá que asumir la empresa
para cubrir los viajes a realizar, dado que estos se van a alargar
en consideración, debido a los mayores tiempos de descanso
contemplados en el Reglamento 561, que se unen a los cambios
introducidos en los tiempos de trabajo.
Short Sea Shipping
Una de las cuestiones de mayor preocupación, que ha sido
criticada con vehemencia desde la Asociación de Promoción
del Short Sea Shipping, ha sido la situación en que quedan
los tráficos marítimos de corta distancia empleados
por las empresas de transporte por carretera españolas
para llegar a determinados países de Europa, en la línea
además promovida por el Ministerio de Fomento de utilizar
cada vez más estos modos de transporte en los que parece
se está invirtiendo esfuerzo desde el Gobierno para su
promoción, junto con los tráficos ferroviarios. |
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