REVISTA TRANSCAMION - 12/02/2018
Opinión de los lectores sobre el tarjetazo.

“Lo que realmente debería de exigir es que el vehí­culo sea el más eficiente ecológicamente”.


Opinión de los lectores sobre “El gran tarjetazo. Se inicia la carrera por tarjetas. La imprevisión ministerial provoca un terremoto en el sector del transporte. La justicia europea declara ilegal el requisito español del mínimo de tres camiones”.

Si Fomento se empeña en seguir poniendo restricciones a la entrada en el sector y con esto me refiero a que el vehí­culo tenga menos de 5 meses, se lo tumbará la Unión Europea como ya paso con las tarjetas MP, lo que realmente debería de exigir es que el vehí­culo sea el más eficiente ecológicamente así­ pues Euro 6 da igual su antigüedad y esa exigencia no se la podrían tumbar ya que es por tema de contaminación. Es hacer las cosas bien y una sola vez.

*ESTA EDITORIAL NO SE RESPONSABILIZA DE LAS DECLARACIONES VERTIDAS POR SUS LECTORES.
 
NOTICIA OPINADA
09/02/2018

El gran tarjetazo.

Se inicia la carrera por tarjetas.

La imprevisión ministerial provoca un terremoto en el sector del transporte.

La justicia europea declara ilegal el requisito español del mínimo de tres camiones.


El Tribunal Superior de Justicia de la Unión Europea, TJUE, ha dictaminado que España no puede mantener el requisito de los 3 camiones para tener una tarjeta de transporte. Las sentencias del TJUE no son apelables y cualquiera puede reclamar su ejecución inmediata, lo que aboca a que se abra la puerta a una petición masiva de tarjetas. El ministerio trata de ganar tiempo alegando que va a cambiar el Reglamento, ROTT, en breve, pero esto esconde una clara imprevisión tras la ocultación de lo que se venía encima.

En una muestra más de imprevisión del Ministerio de Fomento y de desorden en el departamento de transporte por carretera que lleva el director general de transporte terrestre, este tras ocultar que la posición del Tribunal nos iba a ser contraria y de pretender que iba a tardar en llegar la sentencia, le coge sin tener a punto las medidas que dice que va a endurecer mediante el nuevo ROTT.

La realidad es que aquí y ahora con los requisitos actuales, si los cumple el peticionario no se le puede negar una autorización de transporte por no cumplir el límite de tener 3 o más camiones, con lo que el sector se abre a otro proceso convulsivo.

El Gran Tarjetazo

Gran Trajetazo como el que ocurrió en 1999 cuando ante la liberalización con este requisito de 3 camiones se crearon cientos de empresas desgajadas de grandes flotas para capitalizar su valor, ahora se verá un efecto contrario, el de pedir autorizaciones en base a un camión por si acaso luego se endurece. Los bufetes de abogados se van a hinchar en otro pelotazo como el del céntimo sanitario o el cártel.

El asunto comenzó hace más de tres años pero el Ministerio logró mantener oculto el proceso, que es largo en la Unión pero ya en abril de 2017, la Comisión Europea demandó ante el TJUE, la medida implantada de los tres camiones en España al considerar que podía incurrir en una vulneración de la normativa de la Unión Europea.


Como se recordará, en abril del pasado año, la Comisión Europea denunció formalmente ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea al Reino de España por posible incumplimiento de la Reglamentación europea sobre condiciones de acceso a la profesión de transportista, al considerar que el requisito de flota mínima establecido en la normativa española, esto es, la exigencia de disponer inicialmente de un mínimo de 3 vehículos de transporte para acceder por primera vez al sector del transporte pesado de mercancías, pudiera resultar desproporcionado y discriminatorio

Se abrió entonces un proceso de negociación como siempre se hace entre el Ministerio, el Gobierno español y la Comisión Europea que es el Fiscal en estos temas. Joaquín del Moral en la foto.

Al contrario que en otros procesos el Ministerio ha ocultado los pasos que se han ido dando y junto a las grandes asociaciones han ido anestesiando al sector ante la que se venía encima. El resultado es que se han creído su propio discurso y ahora no hay medidas en marcha porque el ROTT lleva 4 años tramitándose, una mezcla de pereza e imprevisión.

Van a ser ahora los asociados de esas asociaciones que ahora se rasgan las vestiduras los primeros en poner en marcha la petición individualizada de tarjetas, por lo que supondrá la eliminación de mecanismos como las cooperativas de trabajo asociado, o su facilitación y completa legalidad.

El Gobierno español basó su posición para defender el citado requisito de acceso al sector en la excesiva “dispersión” que caracteriza al sector empresarial español, contribuyendo a la “opacidad” de nuestro mercado, lo que hace aconsejable establecer el requisito de flota mínima para “ofrecer más transparencia y una mayor seguridad jurídica y económica a las relaciones comerciales entre los transportistas y sus clientes”, amparando dicho requisito adicional en la previsión recogida en la Reglamentación europea que faculta a los Estados miembros a exigir “requisitos adicionales”.

Sin embargo, el Tribunal de
Justicia de la Unión Europeo ha resuelto mediante la sentencia dictada el 8 de febrero, no admitir tales argumentos, al considerar que del Reglamento europeo sobre acceso al sector (Reglamento 1071/2009, de 21 de octubre de 2009) se desprende claramente que “cualquier empresa que disponga al menos de un vehículo, debe poder obtener una autorización de transporte público, sin que los Estados miembros puedan establecer, como condición adicional, un número mínimo de vehículos distinto del fijado en esta disposición”.

Fenadismer considera que la sentencia del Alto Tribunal europeo va a suponer una “modificación muy sustancial” de la actual estructura empresarial del sector, cuyas consecuencias son “imprevisibles” y “preocupantes” respecto de la actual configuración y composición del sector del transporte.

Tras la publicación de la sentencia por el Tribunal europeo, el Gobierno español está obligado a adoptar sin demora las medidas necesarias para poner fin al incumplimiento de la normativa europea, y en caso contrario, el Tribunal podrá imponerle el pago de una cantidad a tanto alzado o una multa coercitiva hasta que la sentencia sea cumplida. En consecuencia, ello obligará a modificar el proyecto de reforma del Reglamento de Ordenación de los Transportes Terrestres que en la actualidad tramitaba el Ministerio de Fomento, en especial en lo relativo a los requisitos de acceso a la actividad del transporte por carretera, lo que afectará no solo al transporte de mercancías sino también al transporte de viajeros en autobús, debiendo eliminarse en consecuencia los actuales requisitos de flota mínima para acceder al sector, establecidos en 3 camiones en el transporte de mercancías y en 5 autobuses en el transporte de viajeros.



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