REVISTA TRANSPORTE Y LOGÍSTICA - 12/07/2017
19 de julio, último día para reclamar al cártel de camiones.

VATSERVICES facilita el proceso de reclamación.


El próximo 19 de Julio de 2017, según diversas publicaciones, vence el derecho de reclamación de la indemnización por daños a las empresas componentes del cártel de fabricantes de camiones (MAN, Volvo/Renault, Daimler "Mercedes", Iveco y DAF).

Para evitar cualquier riesgo, VATSERVICES recomienda que, "en CASO QUE USTEDES NO HAYAN EJERCITADO SU DERECHO en forma de introducción de la demanda o enviado comunicaciones para evitar la prescripción, les adjuntamos las cartas que deben cumplimentar y enviar (certificadas y con acuse de recibo) en inglés y español a las direcciones de las empresas que constituyeron el cárte"l.
 
Una vez enviadas podrán entonces adherirse a la demanda que CDC Cartel Damage Claims Consulting SCRL / VATSERVICES interpondrán en Holanda (*).

Junto con estas cartas es muy recomendable que envíen un listado con la siguiente información:

ANEXO – LISTADO CAMIONES ( >6 TON) COMPRADOS/ARRENDADOS ENTRE 1997 Y 2011 A CUALQUIERA DE LOS MIEMBROS DEL CARTEL (Incluyendo los de marca Scania).

El listado debería incluir estos datos:
·       Matrícula del camión
·       Modelo
·       N.º bastidor
·       Fecha de compra/arrendamiento
·       Lugar de compra/arrendamiento
 

DIRECCIONES A LAS QUE DEBEN ENVIAR LAS CARTAS CERTIFICADAS CON ACUSE DE RECIBO
 
o   MAN SE
Oskar-Schlemmer-Straße 19-21?80807 Munich Germany

 
o   MAN Truck & Bus AG
Oskar-Schlemmer-Straße 19-2180807 Munich Germany
 
o   MAN Truck & Bus Deutschland GmbH
Oskar-Schlemmer-Straße 19-2180807 MunichGermany
 
o   AB Volvo SE-405 08 Gothenburg
Sweden
 
o   Volvo Lastvagnar AB
SE-405 08 Gothenburg
Sweden
 
o   Volvo Group Trucks Central Europe GmbH
Oskar-Messter-Str. 20
85737 Ismaning
Germany
 
o   Renault Trucks SAS
99, Route de Lyon
69806 Saint-Priest Cedex
France
 
o   Daimler AG
Mercedes str. 137
70327 Stuttgart
Germany
 
o   Fiat Chrysler Automobiles N.V.
Fiat House, 25 St James's Street
SW1A 1HA
London
United Kingdom
 
o   CNH Industrial N.V.
Fiat House, 25 St James's Street
SW1A 1HA
London
United Kingdom
 
o   Iveco S.p.A.
Via Puglia 35
10156 Torino
Italy
 
o   Iveco Magirus AG
Nicolaus-Otto-Str. 27
89079 Ulm
Germany
 
o   DAF Trucks N.V.
Hugo van der Goeslaan, 1
5643 TW  Eindhoven
The Netherlands
 
o   DAF Trucks Deutschland GmbH
DAF-Allee, 1
50226 Frechen
Germany

(*) Para poder participar en la demanda se requiere un mínimo de 25 vehículos.


A continuación se presenta el modelo de carta:


[DESTINATARIO:  MAN, VOLVO/RENAULT, DAIMLER, IVECO O DAF]

REF:  Perjuicios derivados de la infracción del artículo 101 del TFUE

[Lugar y Fecha]

Estimados Sres.,

Nuestra empresa ha tenido conocimiento de la participación de varias compañías fabricantes de camiones (entre las que se encuentra su sociedad) en una infracción del artículo 101 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea ( “TFUE”), mediante versión provisional y no confidencial de la decisión de la Comisión Europea de 19 de julio de 2016 en el asunto AT.39824 – Camiones, que ha sido publicada en la página web de la Comisión (http://ec.europa.eu/competition/cartels/cases/cases.html)

De acuerdo con lo anterior, su empresa y los restantes destinatarios de la decisión habrían participado en una infracción única y continuada del artículo 101 TFUE que afectaría a la totalidad del Espacio Económico Europeo, consistente en la fijación conjunta de precios para determinados tipos de camiones (“camiones medianos” de entre 6 y 16 toneladas y “camiones pesados” de más de 16 toneladas), así como el retraso coordinado en la introducción de modelos de camiones más eficientes en el mercado (desde el modelo estándar Euro III al Euro VI), conducta llevada a cabo entre los años 1997 y 2011. 

Nuestra empresa [EMPRESA REMITENTE] considera que se ha visto directamente afectada por la citada infracción. Entre 1997 y 2011, así como en fechas posteriores, nuestra empresa invirtió una importante cantidad de dinero tanto en la compra, arrendamiento y/o financiación, como en su uso y mantenimiento, de un importante número de camiones fabricados por varios miembros del mencionado cártel– entre los que se encuentra su compañía.

Tras una revisión preliminar de nuestros archivos y registros, adjuntamos a la presente carta un listado provisional de camiones que podrían haberse visto afectados por el cartel descrito en la citada decisión de la Comisión Europea. No obstante, nuestra expresa reserva a cualquier reclamación frente a Vds. ha de hacerse extensiva a cualquier daño resultante de cualquier posible compra, arrendamiento, financiación y/o uso de los camiones afectados, directa o indirectamente, llevada a cabo por nuestra compañía (incluido cualquier otro posible camión no indicado en el anterior listado provisional).

Es por ello que le remitimos la presente carta, haciendo expresa reserva del derecho de esta parte a reclamar judicialmente una reparación de cualquier pérdida, daño y/o perjuicio causados a [EMPRESA REMITENTE], como consecuencia de la infracción por su parte del artículo 101 del TFUE.

Sin perjuicio de lo anterior, es deseo de esta empresa llegar a una solución amistosa de la eventual reclamación que pueda plantearse. En tal sentido, estaríamos encantados de abordar este asunto en una próxima reunión, a su mejor conveniencia.

En todo caso, sirva la presente carta como notificación escrita y fehaciente a efectos de interrumpir la prescripción de las acciones judiciales que puedan ser planteadas en un futuro, en relación con cualquier infracción por su empresa del artículo 101 del TFUE, en caso de que no sea posible alcanzar ningún acuerdo.

Atentamente,



…………………………..
[Representante EMPRESA REMITENTE].

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