REVISTA TRANSCAMION - 16/07/2018
El 77% de los autónomos del transporte no tendrán casi pensión.

Cotizan a la Seguridad Social por la mínima.


La propuesta se basa en eliminar la actual discriminación existente en la tributación entre autónomos y sociedades.
 
En la actualidad el 77% de los transportistas autónomos cotizan por la base mínima de la Seguridad Social.

En pleno debate público que en las últimas semanas se está produciendo sobre la necesidad de abordar una reforma fiscal en España, la Federación Nacional de Asociaciones de Transporte de España (FENADISMER), organización que agrupa a más de 32.000 pequeñas y medianas empresas transportistas, ha venido trabajando en los últimos meses en una Propuesta de medidas tributarias en favor de los autónomos que permita establecer una fiscalidad justa para este colectivo y, que a su vez, fomente su cotización a la Seguridad Social, que en la actualidad presenta unas bases de cotización insuficientes. Así, en la actualidad el 77% de los autónomos del sector del transporte cotizan por la base mínima de la Seguridad Social, lo que se traducirá en que al final de su vida laboral la pensión a recibir no le permitirá cubrir sus necesidades económicas básicas durante su jubilación.
 
La propuesta de medidas que ha presentado FENADISMER formalmente a las Ministras de Hacienda y de Trabajo se basa en la necesaria armonización fiscal que elimine las actuales discriminaciones en función de la forma jurídica empresarial, al soportar actualmente una mayor carga fiscal los autónomos y pequeñas empresas que las grandes. Por ello, entre otras medidas, se propone  que se permita deducir en el rendimiento neto de su actividad económica en el IRPF su actividad laboral tomando como referencia su base de cotización a la Seguridad Social, lo que fomentaría una mayor cotización a la Seguridad Social al deducirse íntegramente el importe de su base de cotización. Asimismo se propone el establecimiento de un tipo impositivo único por la tributación de su actividad económica, y que se permita la deducción de las dietas exentas previstas en la actualidad exclusivamente para los trabajadores asalariados.

   

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