REVISTA TRANSCAMION - 13/02/2018
El Ministerio de Fomento pretende hacer creer que llegará al límite para defender la flota mínima.

La realidad es otra, la Comisión le ha marcado el camino.

El empresariado se toma con filosofía la sentencia europea contra el requisito mínimo de 3 camiones, y sospecha de la extensión de los módulos.

El Ministerio de Fomento ha lanzado un comunicado donde viene a decir que cumplirá la sentencia de los 3 camiones pero no, dándole al sector esperanzas que con nuevos requisitos podrá limitar la entrada al sector de autónomos. Por ejemplo elevando las necesidades de disponer de ordenadores y software para enviar los contratos telemáticamente. La realidad es otra, esto no es una sentencia de un tribunal cualquiera, es la posición de la Unión Europea expresada a través de su abogado general en representación de la Comisión y sancionada por los jueces del Tribunal Superior de la UE, el TSJUE.

Es decir que no lo puede esquivar con tretas. Además muchos dudan que en un momento de carestía de conductores el Gobierno no escuche a los cargadores y aproveche para liberalizar aún más el sector.

Mientras el empresariado de mayor dimensión se ha tomado el tema con tranquilidad, "esto ya estaba muy abierto, el que quería tenía cooperativas falsas, autónomos falsos y si no se iba a Rumania; total esto solo viene a confirmar lo que ocurre", eso sí apunta a que la extensión de los módulos es muy sospechosa y coincide con esta liberalización.

Según el ministro, la modificación del ROTT que se hará próximamente se centrará en aumentar el rigor en el cumplimiento de otros requisitos de acuerdo a la normativa comunitaria para obtener esta autorización.


El Ministerio de Fomento acatará la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) en la que declara contraria a la reglamentación comunitaria la exigencia de una flota mínima para obtener la autorización de transporte.

Esa sentencia obliga al Ministerio de Fomento a modificar las condiciones hasta ahora exigidas para la obtención de las autorizaciones de transporte, tanto de mercancías como de viajeros en autobús, suprimiendo dicha exigencia.

No obstante, el requisito continuará en vigor hasta que se publique la norma mediante la que formalmente se suprima, cuestión que se abordará en el proyecto de modificación del Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres (ROTT), actualmente en tramitación.

Refuerzo de los requisitos para obtener la autorización de transporte.
Ante la sentencia del TJUE, la modificación del ROTT, que está en tramitación en estos momentos, planteará elevar el rigor en el cumplimiento de otros requisitos para obtener la autorización de transporte, expresamente previstos por la reglamentación comunitaria. Con esta medida, Fomento garantizará unas condiciones suficientemente exigentes para acceder al mercado.

Por lo que respecta al cumplimiento del requisito de competencia profesional, Fomento tiene previsto elevar el nivel de exigencia, tanto en relación con la vinculación y funciones que debe cumplir el gestor de transporte en aquella empresa a la que otorga su competencia profesional, como en las condiciones para obtener el certificado de competencia profesional.

En materia de cumplimiento del requisito de establecimiento, se llevará a la práctica el criterio, ya establecido en la LOTT, de la necesaria disposición de medios electrónicos que permitan la contratación y la documentación del contrato de transporte a distancia, entre otras medidas.

Por su parte, en relación con el cumplimiento del requisito de capacidad financiera, está previsto poner en práctica el criterio establecido en la LOTT para las empresas que entren en concurso o sean declaradas insolventes. En materia de cumplimiento del requisito de honorabilidad, se definirán de forma detallada aquellas infracciones que por sí mismas, o por acumulación, dan lugar a la pérdida del requisito de honorabilidad.


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