REVISTA TRANSPORTE Y LOGÍSTICA - 23/05/2017
El cabotaje, los salarios mínimos y los descansos semanales en el centro de la batalla de la nueva regulación del transporte en Europa.

El control de las empresas deslocalizadas, la regulación del transporte ligero, la obligación del descanso semanal de los conductores en su domicilio y la reducción del cabotaje, entre las novedades más destacadas. La Comisión Europea publicará el nuevo paquete legislativo regulador del transporte por carretera el próximo 31 de Mayo.

La Unión Europea de Transportistas por Carretera (UETR), organización europea representativa de las pequeñas y medianas empresas de transporte por carretera de la Unión Europea, de la que forma parte FENADISMER en representación de España, en su Asamblea General celebrada el pasado viernes 19 de mayo en Madrid ha tratado el nuevo paquete legislativo que la Comisión Europea va a publicar el próximo 31 de mayo.

Conforme a la información facilitada a la UETR por la Comisaría Europea de Transportes, Violeta Bulc, las organizaciones miembro de la UETR hemos estado analizando las diferentes novedades que introduce el referido paquete legislativo, de los que cabe destacar las siguientes:


    •        Transporte ligero: los titulares de los vehículos  de transporte de menos de 3´5 toneladas de masa máxima autorizada estarán sujetos a idénticos requisitos de acceso a la profesión y a la actividad que los titulares de vehículos pesados (competencia profesional, capacidad económica, honorabilidad, establecimiento y limitación de cabotaje).

    •        Regulación del cabotaje: el periodo máximo de días en que se puede realizar transporte interior por las empresas en otro país de la Unión Europea (cabotaje) será reducido de los 7 días actuales a un período de días inferior (en torno a 3 días).

    •    Descanso semanal en cabina: cuando el conductor deba tomar el descanso semanal normal (no reducido) fuera de su domicilio no podrá realizarlos a bordo del vehículo.

    •    Descanso semanal obligatorio en el domicilio: todo conductor que realice transporte internacional deberá obligatoriamente retornar a su domicilio al menos una vez al mes para realizar el descanso semanal.

    •        Empresas deslocalizadas (empresas buzón): los Estados miembros estarán obligados a controlar que las empresas transportistas establecidas en su país realicen una actividad real y con carácter principal en dicho país, estando obligados los Estados miembros tanto de acogida como de establecimiento a cooperar entre sí facilitando todo tipo de información en un plazo máximo de obligado cumplimiento, a fin de permitir un mejor control de las empresas deslocalizadas (empresas buzón).

    •        Regulación sobre conductores desplazados (salario mínimo): las obligaciones de notificación previa y cumplimiento del salario mínimo para los conductores desplazados de una empresa transportista en otro Estado miembro no serán de aplicación cuando el conductor se desplace un máximo de días al mes (en torno a 5 días).


Una vez que la Comisión Europea publique el nuevo paquete legislativo, se iniciará la tramitación legislativa de las Directivas y Reglamentos europeos afectados por la propuesta de la Comisión Europea, estimando su definitiva aprobación y puesta en vigor en el plazo de 2 años.

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