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OPINION DE LOS LECTORES                         LAS COOPERATIVAS NO SON CULPABLES 
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TIERRA DE TORQUEMADAS – FUEGO A LAS COOPERATIVAS

TITULARES

"Si se hicieran bien los números verían que no se escapa tanto dinero por los módulos"

Lo que más a favor puede tener Hacienda con este argumento es su potestad para producir resoluciones firmes directamente ejecutivas y los medios para ejecutarlas antes de que los ciudadanos podamos defendernos ante un Juez

Si hay algo que puede tacharse de fraudulento es el propio régimen de estimación objetiva, no la particularidad de las cooperativas valencianas

El fraude en los módulos no sólo es generalizado, sino que además es intrínseco al régimen, no en vano estuvo entre los presupuestos de su creación, donde se ponderó el ahorro de gasto en gestión, recaudación e inspección y el descenso de ingresos por el fraude




OPINION DE LOS LECTORES   

Sr. Director por favor publique este artículo si le parece bien pero deseo permanecer anónimo.

TIERRA DE TORQUEMADAS – FUEGO A LAS COOPERATIVAS

El que llaman tremendo lío de las cooperativas no viene de una lectura sesgada de la ley, ni de su fraude, ni de voluntad infractora alguna. Viene de la configuración que da a las cooperativas de transporte la Ley de la Generalitat Valenciana 8/2003, de Cooperativas. Esta ley, siguiendo la antigua previsión establecida en el Decreto Legislativo 1/1998, también de la Generalitat Valenciana prevé que las cooperativas de transporte podrán adoptar la forma de cooperativas de trabajo asociado, de transportistas, con la configuración que nos explicó en capítulos anteriores el Gerente de Comotrans, y la que instituyó la actual discordia y lleva muchos años trayendo de cabeza a Fomento, la cooperativa mixta de transporte.

 

¿Qué es una cooperativa mixta de transportes? El artículo 97.2.c) de la Ley Valenciana de Cooperativas define como cooperativa mixta de transportes aquellas que pueden “incluir socios exclusivamente de servicios y otros que, no disponiendo de título de transportista, puedan ejercer la actividad con vehículos propios de la cooperativa o aportados por el socio” (Vid. BOE de 11 de abril de 2003) . Se trata de un modelo de cooperativa que excede, con mucho, las previsiones de la Ley de Ordenación del Transporte Terrestre, pero en el ámbito del cooperativismo, la balanza se inclina de parte de la Ley Valenciana porque el Estatuto de Autonomía Valenciano, Ley Orgánica del Estado, atribuye la competencia para el desarrollo normativo de las cooperativas, a la Generalitat Valenciana. Esta posición fue sancionada por el Tribunal Supremo en Sentencia emanada en litigio que el Ministerio de Fomento sostuvo contra una conocida Cooperativa de Transporte Valenciana, litigio en el que lo único que obtuvo Fomento fue la obligación de las cooperativas de facturar  los portes en su nombre.

 

Ahora el abanderado de la lucha contra las cooperativas es el Ministerio de Hacienda. Al parecer lo único que le importa a Hacienda es recuperar un supuesto IVA masivamente perdido. Si se hicieran bien los números verían que no se escapa tanto dinero por los módulos. Aunque esta es una cuestión que no afecta a efectos de cumplimiento de la legalidad, que es lo que se achaca a este tipo de cooperativas: el incumplimiento del artículo 7.6º de la Ley del IVA. Dice así: “No estarán sujetas al impuesto: (...) 6º. Los servicios prestados a las cooperativas de trabajo asociado por los socios de las mismas y los prestados a las demás cooperativas por sus socios de trabajo”.

En este caso sí que la competencia es exclusiva del Estado, aunque es discutible que este artículo sea aplicable a las cooperativas mixtas valencianas. Lo que más a favor puede tener Hacienda con este argumento es su potestad para producir resoluciones firmes directamente ejecutivas y los medios para ejecutarlas antes de que los ciudadanos podamos defendernos ante un Juez. Pero razón, lo que se dice razón no me parece que tengan. O lo que es lo mismo, hay miga para una buena oposición. En todo caso, el lío no es de las cooperativas, sino del sistema de módulos.  Por otro lado, sólo hay fraude a la Seguridad Social si los cooperativistas, ejerciendo el derecho que todas las leyes de cooperativas les otorgan, han optado por el Régimen General de la Seguridad Social y no por el Especial de Trabajadores Autónomos

 

Sin embargo, no es por explicar las posibilidades de oposición por lo que escribo. Más bien por denunciar agravios comparativos. Se ha denunciado reiteradamente a las cooperativas valencianas de ejercer una especie de competencia desleal por tener la posibilidad de trabajar con este sistema que se está tachando de fraudulento. No seamos hipócritas.

Si hay algo que puede tacharse de fraudulento es el propio régimen de estimación objetiva, no la particularidad de las cooperativas valencianas. O acaso no cobran IVA e ingresan módulos los autónomos que no están en cooperativas siendo su única diferencia el haber tenido una autorización TD o haber aprobado un examen. incluso hay quien tiene dos regímenes de IVA y hasta aquí digo.

Además, puestos a denunciar sistemas que generan desigualdades entre empresas según el territorio en que estén domiciliadas, podemos hablar de la fiscalidad de las Comunidades Forales, o de los Convenios Colectivos de cualquier Comunidad Autónoma ( diecisiete más dos tenemos para poner ejemplos), que tienen mejores condiciones de cotización unas que otras para las empresas.

 

Cada cual sabe las ventajas que tiene por estar donde está (desde la fiscalidad hasta el precio del suelo, pasando por las nóminas que se ve obligado a pagar) y los que no tengan ninguna ventaja saben que tienen libertad de establecimiento. El problema no es éste. 

El problema es que tenemos el criterio de la competitividad cambiado: no queremos ganar por mejorar sino por hacer empeorar al otro. Se podría calificar de impronta nacional, porque ello no es sino que la hispana envidia llevada al terrenos de la empresa.

No se trata de un tema como el de los imanes o el gasóleo rojo, pues no se trata de infringir la ley. Se trata de buscar y encontrar aquel aspecto de la ley que nos permita la ventaja competitiva. El otro pecado nacional, más acentuado si cabe en el nivel sectorial, además de la envidia, es el de la pacatería. Ni hablar de rechistarle a la administración, ni hablar de exigirle al cliente o usuario. Vemos venir el toro y, en lugar de apartarnos, cogemos al de nuestro lado y lo ponemos delante para que detenga el golpe, sin detenernos a pensar que una vez fuera el de al lado, la torta la tenemos encima. Qué podemos esperar si los primeros que están a la greña son las propias organizaciones empresariales.

 

Esa es la verdadera fuente de nuestros males.

El fraude en los módulos no sólo es generalizado, sino que además es intrínseco al régimen, no en vano estuvo entre los presupuestos de su creación, donde se ponderó el ahorro de gasto en gestión, recaudación e inspección y el descenso de ingresos por el fraude. Lo que hay detrás de todo este pretendido lío es, en tiempos de crisis, echarle mano al bolsillo de un sector desunido, miope, mojigato, asustadizo y resignado. El que paga y calla.  El que convierte a la victima en culpable. Muy español. Al estilo Torquemada: que algo va mal, cosa de meigas. Cabeza de turco y a la pira crematoria.

 

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