REVISTA TRANSPORTE Y LOGÍSTICA - 16/01/2017
La CNMC propone mejoras en la contratación de vehículos industriales y comerciales por parte de la Administración.

Aconseja incluir vehículos de kilómetro cero.


La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha analizado los Pliegos del Acuerdo Marco para el suministro de vehículos industriales comerciales: vehículos de transporte de carga tipo furgón, de transporte de carga tipo chasis cabina o cabina doble y de vehículos de transporte mixto.

Actualmente, la Administración contrata sus suministros con distintos sistemas. Uno de ellos es el acuerdo marco, que es un mecanismo de racionalización técnica de la contratación, que preestablece una serie de condiciones comunes a todos los contratos basados en ese acuerdo marco.

La CNMC ha manifestado en varias ocasiones que recomienda optar por sistemas dinámicos de contratación frente a los acuerdos marco. La Comisión considera que los acuerdos marco implican el cierre del mercado durante su vigencia, por ejemplo, a empresas creadas con posterioridad a la entrada en funcionamiento del acuerdo.

Una reducción de la competencia y el cierre a empresas de nueva creación que podría evitarse con sistemas dinámicos de contratación, siempre que a las administraciones responsables de dichas contrataciones se les dotase de los instrumentos necesarios.

Con respecto a este informe en particular, la CNMC realiza las siguientes observaciones:

La Comisión valora positivamente el análisis que se ha llevado a cabo de la demanda y oferta, que permite conocer mejor el mercado. Sin embargo, reitera las recomendaciones de otros informes sobre la disponibilidad de información y la apremiante necesidad para que ésta se agrupe y centralice, en particular en relación con los contratos basados.

En cuanto al objeto y participantes del Acuerdo Marco, la CNMC recomienda que si no se justifica debidamente lo contrario, se posibilite la oferta de vehículos kilómetro cero. Además, los pliegos deben ser neutrales sin recoger preferencias por los fabricantes en detrimento de los comercializadores.

Por lo que respecta a los criterios de solvencia exigidos a las empresas, se recomienda la introducción de mecanismos más flexibles que la acrediten, ya que permitirían que todos los potenciales prestadores interesados pudieran acceder al Acuerdo Marco (AM), en especial los nuevos entrantes.

Además, en los criterios de adjudicación, la CNMC aboga por una mayor claridad y simplificación en los mecanismos de puntuación, de forma que se facilite la presentación y maximización de puntuación por parte de los licitadores. Se recomienda además, por su carácter competitivo, la opción por las segundas licitaciones.

Finalmente, la CNMC señala que se debería reforzar el grado de compromiso de los operadores para promover la ausencia de comportamientos anticompetitivos durante la licitación y prever la posibilidad de admitir la presentación de ofertas electrónicas para agilizar, simplificar y reducir costes. Esta opción, supondría un incentivo para que participaran nuevas empresas, tanto de nueva creación como, aquellas que no han participado antes en la contratación pública, y empresas geográficamente menos próximas pero perfectamente capacitadas.

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