REVISTA TRANSCAMION - 14/05/2018 
La lucha contra las empresas buzón en el Plan Estratégico de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social 2018-2020.

En el nuevo Plan Estratégico de la Inspección de Trabajo de Trabajo, aprobado el pasado 6 de abril y publicado en el Boletín Oficial del Estado el 19 de abril de este mismo año, se establecen pautas para reforzar la inspección y estructurar las actuaciones inspectoras de forma concreta y evaluable.
 

En el Plan Estratégico, acordado con las comunidades autónomas y sometido a la consideración de los agentes sociales, que han aportado observaciones y sugerencias, se incluyen actuaciones para la calidad del empleo, otras dirigidas al refuerzo de la sostenibilidad y suficiencia del Sistema de la Seguridad Social, y la inserción e integración de los inmigrantes vinculada al empleo, y presta especial atención a los retos derivados de las nuevas formas de organización empresarial, y a la actuación de la Inspección en materia de igualdad y no discriminación.

Entre los objetivos estratégicos de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social que se definen en el Plan, el objetivo número 10, "Mejorar la lucha contra el fraude transnacional y reforzar la cooperación internacional en materia de inspección", se centra en la lucha de la Inspección de Trabajo contra las empresas buzón.

Las empresas buzón son aquellas que establecen su sede en Estados miembros cuyos costes laborales y de Seguridad Social son inferiores a los de aquellos Estados miembros en los que la empresa realiza realmente sus actividades, consiguiendo de forma fraudulenta reducir los costes que implica la contratación de trabajadores. La característica fundamental de las «empresas buzón» es que se trata de empresas sin actividad económica real en el país en el que tienen su sede y donde contratan a los trabajadores, pero con actividad en otros Estados miembros de la Unión Europea donde realmente éstos prestan servicios, utilizando fraudulentamente la figura de los desplazamientos transnacionales para eludir las normas que resultan de aplicación y abaratar costes salariales, tributarios y de Seguridad Social, con los graves perjuicios que tales prácticas ocasionan.

Dentro de este objetivo concreto se establecen varias líneas de actuación:

- Línea 89: Cooperación en el ámbito de la Unión Europea, prevista para el primer semestre de 2018: 1) Intensificar la cooperación administrativa y el intercambio de información con los restantes Estados miembros de la Unión Europea en materia de lucha contra el fraude internacional y de desplazamiento transnacional de trabajadores, incrementando la actividad de España en la Plataforma Europea contra el Trabajo no Declarado y participando activamente en la puesta en funcionamiento de la Autoridad Laboral Europea. 2) Fortalecer la colaboración y el intercambio de buenas prácticas con el Comité de Altos Responsables de la Inspección de Trabajo. 3) Reforzar el papel de nuestro Sistema de Inspección como un instrumento clave para la consecución del Pilar Europeo de Derechos Sociales.

- Línea 90: Cooperación bilateral, prevista para el primer semestre de 2018. Establecer ámbitos de cooperación bilateral reforzada con aquellos países con mayor intercambio de empresas y trabajadores, fomentando la cooperación entre instituciones, la coordinación de actuaciones y el intercambio de datos.

- Línea 91: Cooperación con Iberoamérica, prevista para el primer semestre de 2018: Reforzar la cooperación con los sistemas de Inspección de Trabajo de Iberoamérica, consolidando el papel de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social española como modelo de referencia para los países de América Latina.

- Línea 92: Desplazamientos transnacionales de trabajadores: Definir programas de inspección de alcance general para investigar los desplazamientos transnacionales de trabajadores que realizan empresas españolas al extranjero y de trabajadores desplazados a España por empresas extranjeras, combatiendo en particular el fraude asociado a las empresas buzón: 1) Mejorar la detección de los incumplimientos y los procedimientos de actuación, previsto para el segundo semestre de 2018. 2) Especialización: establecer coordinadores en las provincias en las que resulte necesario, previsto para el primer semestre de 2019. 3) Definir un nuevo programa de formación, previsto para el primer semestre de 2019.

Este objetivo se incluyó en el Plan Estratégico en la tercera parte del periodo de su creación, entre 2016 y 2017, como continuación del plan de lucha contra el fraude:

"Junto con la intensificación y potenciación de lo logrado para conseguir una mejora constante, en los dos últimos años se han adoptado nuevas líneas. Éstas se deben, por un lado, al hecho de que hayan surgido nuevas formas de economía, denominada «colaborativa» en las que se plantea el problema, de qué tratamiento ha de darse al personal al servicio de las plataformas que desarrollan su actividad en este ámbito y por otro lado, a la aparición de nuevas figuras de fraude, como son las denominadas empresas buzón, que han dado lugar a la necesidad de intensificar actuaciones conjuntas con otras Administraciones Públicas, como la Inspección de Transportes para la detección y corrección de la economía sumergida, en todas sus manifestaciones, en aquellos ámbitos en que pueda ser combatida conjuntamente por las Administraciones implicadas. Asimismo, desde el punto de vista internacional y con la finalidad de reforzar la cooperación en materia de lucha contra el trabajo no declarado se creó en al año 2016 conforme a la Decisión 2016/344, del Parlamento Europeo y del Consejo de 9 de marzo de 2016, la Plataforma Europea."

El órgano que se encarga de este ámbito es la Inspección de Transportes del Ministerio de Fomento. Como consecuencia de la aparición de las denominadas empresas buzón se vio necesario intensificar y mejorar la coordinación funcional y operativa entre las Inspecciones de Trabajo y Seguridad Social y de Transporte en la lucha contra las infracciones mediante un uso de la información disponible en los dos organismos con la finalidad de preparar, en su caso, actuaciones conjuntas y priorizando el control sobre aquellas empresas que, respecto de trabajadores nacionales y/o extranjeros, incurran en comportamientos que infrinjan la normativa del orden social.

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El FBI de la Inspección de Trabajo a por las buzón. El Plan de Inspección señala especialmente a las "empresas buzón". Nuevo Organismo Autónomo que centraliza toda la inspección de trabajo. La Inspección de Trabajo se refuerza y centraliza para aplicar el Plan de Inspección.

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