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11/05/07
ESPECIAL
XV CONGRESO NACIONAL DEL TRANSPORTE Y LA LOGÍSTICA - Alicante,
21 y 22 de marzo de 2007
acceso
directo
El
texto pasa ahora al Senado
El Congreso aprueba el Estatuto del Autónomo con algunos
cambios esenciales para el transporte
*
Los cambios esenciales se reflejan en la figura del autónomo
dependiente
*
Los autónomos económicamente dependientes en el transporte
sólo tendrán que cumplir dos requisitos: alcanzar
al menos el 75% de su facturación con un mismo cliente, y
que no tengan trabajadores por cuenta ajena a su cargo o subcontraten
sus servicios
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El
Congreso de los Diputados ha aprobado el 10 de mayo, por unanimidad,
el proyecto de Ley del Estatuto del Autónomo (LETA),
con algunas modificaciones con respecto al texto con enmiendas
que envió la Comisión de Trabajo y Asuntos Sociales
al pleno del Congreso. Ahora el texto legal pasa al Senado,
que lo votará próximamente, para posteriormente
volver al Congreso para su aprobación definitiva. Está
previsto que el Estatuto del Autónomo se apruebe definitivamente
antes de que acabe el año.
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Los autónomos del transporte se enfrentan a cambios por
el Estatuto |
Entre
las principales modificaciones introducidas a su paso por el pleno
del Congreso, se encuentra un debilitamiento muy acentuado de la figura
del autónomo económicamente dependiente, figura que
podría tener, en un futuro, bastante incidencia en algunos
transporte como la carga fraccionada, la paquetería y la mensajería,
pero que, si sale adelante tal y como ha quedado, tras su futuro paso
por el Senado, podría quedar en agua de borrajas.
DICE EL TEXTO....
- REQUISITOS
NECESARIOS
para ser autónomo dependiente en el Transporte
1.
Los trabajadores autónomos económicamente dependientes
a los que se refiere el artículo 1.2.d) de la presente
Ley son aquéllos que realizan una actividad económica
o profesional a título lucrativo y de forma habitual,
personal, directa y predominante para una persona física
o jurídica, denominada cliente, del que dependen económicamente
por percibir de él, al menos, el 75 por ciento de
sus ingresos por rendimientos de trabajo y de actividades económicas
o profesionales.
2. Para el desempeño de la actividad económica
o profesional como trabajador autónomo económicamente
dependiente, éste no podrá tener a su cargo
trabajadores por cuenta ajena ni contratar o subcontratar
parte o toda la actividad con terceros, tanto respecto de
la actividad contratada con el cliente del que depende económicamente
como de las actividades que pudiera contratar con otros clientes. |
Para ser autónomos,
no es obligatorio tener camión propio o semi
Este cambio fundamental en la regulación del autónomo
económicamente dependiente es que se ha eliminado de las condiciones
que deben reunir los autónomos para poder ser considerados
económicamente dependientes la de que deban asumir el riesgo
y ventura en el ejercicio de su actividad, lo que en la práctica
significa que las empresas que contraten al autónomo podrán
controlar su trabajo y ordenarlo.
También, en el caso del transporte, el nuevo texto permite
que se sea autónomo sin tener ni infraestructura productiva
ni medios propios, o lo que es lo mismo camiones, lo que significa
que las empresas de transporte podrán poner a disposición
de sus autónomos el vehículo. Esta medida ha levantado
las críticas de Comisiones Obreras. A juicio de este sindicato,
esta medida va a permitir que el sector siga utilizando, a su juicio,
los falsos autónomos. Igualmente, según CC.OO. el hecho
de que la
condición de autónomo dependiente se fije en los contratos
y no en la ley, debilita críticamente esta figura.
Moratoria de 18 meses para el transporte
La figura del autónomo dependiente no empezará a aplicarse
al transporte, si finalmente se aprueba el Estatuto tal y como está
ahora, hasta 18 meses después de que se hayan publicado oficialmente
los Reglamentos que desarrollarán esta futura ley. El autónomo
dependiente tendrá que comunicar su situación al empresaro
con el que contrate en el plazo máximo de 1 año, a contar
desde la fecha de la entrada en vigor de esta ley, que se prevé
esté aprobada en el primer trimestre de 2008.
Otras novedades
del texto aprobado por el Congreso de los Diputados
*
Asimismo, en protección social, el Estatuto contiene
medidas para que el Régimen Especial de Trabajadores
Autónomos converja con el Régimen General de la
Seguridad Social. Se reconoce la prestación por accidente
laboral en situaciones "in itinere" (en el camino
de casa al empleo y viceversa).
* También prevé la jubilación anticipada
en casos de actividades peligrosas y para quienes trabajen en
sectores considerados en crisis. Se define la figura del trabajador
autónomo, se formula un catálogo de derechos y
deberes de estos trabajadores.
* Prevé la posibilidad de contratación laboral
de los hijos menores de 30 años que convivan con el trabajador
y se crea el Consejo del Trabajo Autónomo, de ámbito
estatal. Asimismo, se establecen medidas de fomento del empleo
para promover la cultura emprendedora y se aumentan las bonificaciones
a la cotización a la Seguridad Social de los jóvenes
y mujeres. |
El
texto se ha aprobado con el acuerdo de todos los grupos parlamentarios
que han coincidido en señalar la conveniencia de este texto
para el conjunto de profesionaless autónomos, aunque desde
algunos partidos políticos se ha subrayado la falta de ambición
en el texto aprobado finalmente:
- En este sentido Partido Popular y CiU
coinciden en que el texto debería haber sido más ambicioso,
porque lo consideran como un avance tímido que no plasma todos
los derechos de los autónomos.
- Lorenzo Amor (ATA) dijo que se cumple
la deuda que la sociedad tenía contraída con un colectivo
que ha generado hace muchos años riqueza y cohesión.
Sebastián Reyna (UPTA) resaltó
que por primera vez se asume el compromiso de convergencia de la Seguridad
Social con el régimen de autónomos, que siempre "han
sufrido un enorme esfuerzo fiscal", mientras que su protección
social ha sido mucho más bajo que el resto de los trabajadores
y empresarios.
- El representante de ASNEPA, Pedro Mezquida,
valoró el Estatuto , aunque recordó algunos flecos "pendientes"
como que se emplace al Gobierno, de aquí a un año, a
estudiar la entrada de los autónomos en el Consejo Económico
y Social (CES) o la forma de financiación del proyecto, entre
otros.
Descárguese
el texto completo acordado en el Congreso de los Diputados del Estatuto
del Autónomo
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Marcos
Montero, Presidente de CETM
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