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14/02/08
Igualmente, la normativa que regulará
el registro de las asociaciones de autónomos
La
regulación de los contratos de autónomos dependientes
no llegará antes de las elecciones
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Trabajo
ha enviado una notificación a las Comunidades Autónomas
en la que se indican algunas pinceladas que formarán parte
del contenido del próximo RD que desarrollará inicialmente
el Estatuto del Autónomo: cuantía
máxima de la jornada semanal, las vacaciones, los días
de descanso semanal y los festivos
Finalmente,
aunque se esperaba que la regulación de los contratos
TRADE, de los autónomos económicamente dependientes,
se produjera antes de la finalización de la presente
legislatura, parece ser que el volúmen de los trámites
a resolver hasta conseguir la entrada en vigor de una norma
han impedido el primer desarrollo reglamentario de la Ley del
Estatuto del Autónomo.
No obstante, según ha podido saber este medio, el ministerio
de Trabajo ha enviado una notificación a las Comunidades
Autónomas en la que se indican algunas pinceladas que
formarán parte del contenido del próximo Real
Decreto que desarrollará inicialmente el Estatuto del
Autónomo:cuantía máxima
de la jornada semanal, las vacaciones, los días de descanso
semanal y los festivos. |
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Las
asociaciones se encargan de momento de asesorar en los contratos
de los dependientes
Asimismo, dicho contrato deberá precisar las contraprestaciones
económicas del trabajo y las condiciones específicas
que hacen a ese autónomo dependiente (que recibe al menos
el 75% de sus ingresos de ese pagador) |