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19/11/07
Tras
su publicación en el BOE La
supresión de la tasa portuaria de servicios generales entrará en
vigor el 1 de mayo *
La
supresión de la tasa portuaria de servicios generales, la única
reforma legislativa destacada que ha sacado adelante en esta legislatura el Organismo
Público Puertos del Estado (OPPE), entrará en vigor el próximo
1 de mayo
El
Boletín Oficial del Estado publicó el pasado 31
de octubre la nueva Ley de Procedimientos de Contratación
en los sectores del Agua, la Energía, los Transportes
y los Servicios Postales, en cuyas disposiciones finales Sexta
y Séptima se aprueba la supresión de la tasa de
servicios generales, creada por la Ley de Puertos de 2003, y
la modificación de la tasa por ocupación privativa
del dominio público portuario, la tasa del buque, la
tasa del pasaje, la tasa de las embarcaciones deportivas y de
recreo, la tasa de la mercancía, la tasa de la pesca
fresca y la tasa por aprovechamiento especial del dominio público
en el ejercicio de actividades comerciales, industriales y de
servicios.
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Punto
esencial del Proyecto de Ley
La
supresión de la tasa de servicios generales era uno de los
puntos esenciales del Proyecto de Ley de Modificación de
la Ley de Puertos de 2003, impulsado por el Ministerio de Fomento
a través de Puertos del Estado y aprobado por el Consejo
de Ministros el 24 de febrero de 2006. Esta iniciativa encalló
en el Congreso de los Diputados por la falta de acuerdo entre el
Grupo Parlamentario Socialista y sus socios de Gobierno, lo que
llevó a Puertos del Estado a buscar vías alternativas
para sacar adelante algunas de las reformas propuestas.
Este es el caso de la supresión de la tasa de servicios generales, para
lo cual el OPPE aprovechó el Proyecto de Ley de Procedimientos de Contratación
en los sectores del Agua, la Energía, los Transportes y los Servicios Postales,
que una vez publicado como Ley en el BOE entrará en vigor a los seis meses,
es decir, el 1 de mayo de 2008.
A partir de esa fecha desaparece la referida tasa y entran en vigor las modificaciones
de las ya citadas. Estos cambios se producen para mantener los niveles de ingresos
de las autoridades portuarias, de tal forma que la supresión de la tasa
de servicios generales es un cambio formal pues los ingresos que se dejen de percibir
por este concepto se compensarán con los incrementos aprobados para el
resto de tasas.
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