19/11/07

Tras su publicación en el BOE
La supresión de la tasa portuaria de servicios generales entrará en
vigor el 1 de mayo

* La supresión de la tasa portuaria de servicios generales, la única reforma legislativa destacada que ha sacado adelante en esta legislatura el Organismo Público Puertos del Estado (OPPE), entrará en vigor el próximo 1 de mayo

El Boletín Oficial del Estado publicó el pasado 31 de octubre la nueva Ley de Procedimientos de Contratación en los sectores del Agua, la Energía, los Transportes y los Servicios Postales, en cuyas disposiciones finales Sexta y Séptima se aprueba la supresión de la tasa de servicios generales, creada por la Ley de Puertos de 2003, y la modificación de la tasa por ocupación privativa del dominio público portuario, la tasa del buque, la tasa del pasaje, la tasa de las embarcaciones deportivas y de recreo, la tasa de la mercancía, la tasa de la pesca fresca y la tasa por aprovechamiento especial del dominio público en el ejercicio de actividades comerciales, industriales y de servicios.

Punto esencial del Proyecto de Ley
La supresión de la tasa de servicios generales era uno de los puntos esenciales del Proyecto de Ley de Modificación de la Ley de Puertos de 2003, impulsado por el Ministerio de Fomento a través de Puertos del Estado y aprobado por el Consejo de Ministros el 24 de febrero de 2006. Esta iniciativa encalló en el Congreso de los Diputados por la falta de acuerdo entre el Grupo Parlamentario Socialista y sus socios de Gobierno, lo que llevó a Puertos del Estado a buscar vías alternativas para sacar adelante algunas de las reformas propuestas.

Este es el caso de la supresión de la tasa de servicios generales, para lo cual el OPPE aprovechó el Proyecto de Ley de Procedimientos de Contratación en los sectores del Agua, la Energía, los Transportes y los Servicios Postales, que una vez publicado como Ley en el BOE entrará en vigor a los seis meses, es decir, el 1 de mayo de 2008.

A partir de esa fecha desaparece la referida tasa y entran en vigor las modificaciones de las ya citadas. Estos cambios se producen para mantener los niveles de ingresos de las autoridades portuarias, de tal forma que la supresión de la tasa de servicios generales es un cambio formal pues los ingresos que se dejen de percibir por este concepto se compensarán con los incrementos aprobados para el resto de tasas.


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