24/04/07

ESPECIAL XV CONGRESO NACIONAL DEL TRANSPORTE Y LA LOGÍSTICA - Madrid, 18 y 19 de abril de 2007
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En muchos casos, señalan que la Ley no sse aplique en el caso de los transportistas
Enmiendas de los Grupos Parlamentarios al proyecto de Ley del Estatuto del Autónomo

* A continuación detallamos el contenido de las enmiendas, más de 250, presentadas por los ocho grupos parlamentarios: Coalición Canaria, CiU, Izquierda Unida, ICV, PSOE, PP, Ezquerra Republicana, PNV y BNG

Las asociaciones empresariales de transportistas como CETM o ASTIC, entre otras, han intervenido en la presentación de enmiendas al proyecto de Ley del Estatuto del Autónomo, más de 250, a través de los ocho grupos parlamentarios siguientes: Coalición Canaria, CiU, Izquierda Unida, ICV, PSOE, PP, Ezquerra Republicana, PNV y BNG. En muchos casos, estas enmiendas coinciden en señalar la exclusión de los transportistas del contenido de la Ley, tal y como está redactada.

Detallamos su contenido brevemente.

> Entiende que la jurisdicción pertinente no debe ser la social, sino la civil, mercantil o administrativa.

> Entiende que los transportistas deben excluirse de la ley

> Pide un año de moratoria para adaptar los contratos y que el autónomo comunique su condición de autónomo en 3 meses

> Los autónomos que tienen regulación específica no pueden ser considerados como autónomos económicamente dependientes

> La legislación social sólo es aplicable en materia de prevención de riesgos, seguridad social o afiliación sindical

> La Ley sólo debe aplicarse con carácter supletorio a su normativa específica.

> Los medios materiales empleados para el ejercicio de su actividad deben ser propiedad del autónomo e independientes de su cliente. El autónomo no puede estar sometido a la dirección y organización del cliente.

> La condición del autónomo no ha de tener carácter retroactivo. Se debe excluir de la jurisdicción social los conflictos entre autónomos y sus clientes.

> La prestación del autónomo dependiente no debe confundirse con la de la plantilla laboral de la empresa.

> Los contratos suscritos con anterioridad a la Ley deben adaptarse a esta nueva normativa en el plazo de un año salvo que alguna de las partes opte por rescindir el propio contrato.

> XV Congreso Nacional del Transporte y la Logística, Madrid 18 y 19 de abril

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El 10 de mayo se presenta el nuevo Plan Petra


NUEVO SERVICIO DE BOLETÍN CONFIDENCIAL DEL VEHÍCULO INDUSTRIAL
Lanzamos próximamente NUEVO SERVICIO a través de un BOLETÍN CONFIDENCIAL DEL VEHÍCULO INDUSTRIAL, con periodicidad quincenal, en el que se recogen los datos de matriculaciones correspondientes al mercado de:

- CABEZAS TRACTORAS (más de 16 Tm)
- REMOLQUES Y SEMIRREMOLQUES


En el Boletín se establecen COMPARATIVAS con períodos y meses de años anteriores, ANÁLISIS de características técnicas de vehículos, GRÁFICOS de evolución del mercado.

* Infórmese a través del 91 721 89 52 o a través de redac8@logisticaytransporte.es

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